La factura de la luz se está convirtiendo en un dolor de cabeza para los consumidores españoles, ya sean particulares o empresas. En los últimos 10 años, el coste de la electricidad se ha incrementado más del 60% (incremento que no ha ido de la mano con los sueldos, precisamente) y se preveen nuevas subidas para la entrada del año 2014 (en enero un 2,3%), tras la polémica última subasta a todas luces amañada. En nuestro país la electricidad está cada vez más lejos de poder ser considerada un bien de primera necesidad, y a los usuarios nos parece que se convierte en un bien “de lujo”.
La factura eléctrica consta principalmente de 3 partes:
- Término de potencia (Potencia contratada). El término de potencia es un concepto fijo que se cobra independientemente de que haya habido o no consumo de energía en el período correspondiente. Para entendernos, es el precio que pagamos a la eléctrica por la disponibilidad de poder consumir una cierta cantidad de energía de forma simultánea.
- Término de potencia (Potencia contratada). El término de potencia es un concepto fijo que se cobra independientemente de que haya habido o no consumo de energía en el período correspondiente. Para entendernos, es el precio que pagamos a la eléctrica por la disponibilidad de poder consumir una cierta cantidad de energía de forma simultánea.
- Término de energía (energía consumida). El importe que pagamos por la energía consumida, depende exclusivamente de la cantidad de energía que hayamos utilizado en el período correspondiente. Si tenemos una tarifa con discriminación horaria (esto es, que la energía no cuesta lo mismo a lo largo de todo el día, sino que hay tramos del día en los que es más cara y tramos del día en lo que es más barata), dependerá no sólo de la cantidad de energía que hayamos consumido, sino de cuando lo hayamos hecho (en que momento del día).
- Impuestos. Los impuestos son un valor fijo, que se aplica sobre el resto de conceptos anteriores. Por una parte, se aplica el impuesto eléctrico (algo superior al 4,5%) sobre los conceptos de energía consumida y potencia contratada, y posteriormente, se aplica el IVA correspondiente (el 21% en la actualidad).
1.- En la cabecera se detallan un resumen con los datos del cliente y el total de la factura: titular, NIF, Dirección de suministro, número de contrato, CUPS (identificador único del punto de suministro), e importe total de la factura.
2.- En el centro, se detallan los importes aplicados por los diferentes conceptos comentados anteriormente: término de potencia, término de energía, alquiler de equipos y costes adicionales, e impuestos.
3.- En el pie de la factura se facilita información adicional de nuestro suministro y de la factura: Fecha de factura, tipo de tarifa, potencia contratada, equipo de medida, distribuidora eléctrica, y los datos de lectura del período de facturación al que se refiere la factura.
La última modificación en los precios de la electricidad tras la reforma eléctrica (que entró en vigor en agosto de 2013) consiste en un incremento muy significativo del término de potencia, acompañado de una reducción moderada del término de energía. Esto se traduce en que en lugar de premiar a aquellos usuarios que hagan un uso eficiente de la energía (iluminación de bajo consumo, compensación de energía reactiva, electrodomésticos eficientes…) las compañías eléctricas se aseguran unos mayores ingresos aumentando el precio de aquella parte de la factura que no depende del uso, sino que es un coste fijo. Para entendernos, aquellos que posean un local o una vivienda que está desocupado la mayor parte del año (por ejemplo, una segunda vivienda en la playa), están pagando mucho más en la factura eléctrica de ese local o vivienda desde agosto de este año. De esta manera las eléctrcas se aseguran que, a pesar de que la demanda ha descendido muy significativamente debido a la crisis, seguirán teniendo beneficios desproporcionados a costa de la ciudadanía y las pymes, los eternos paganos de los despropósitos de la banca, las energéticas y los políticos.
¿Lógico? Nosotros creemos que no. Esto va completamente en contra de nuestra ideología, donde entendemos que las ganas de hacer las cosas bien y el uso eficiente de la energía deben ser recompensados al usuario. ¿Qué sucede con aquellos hogares o empresas que ya han realizado una inversión para disminuir el consumo energético?. ¿Aquellos que sustituyeron la iluminación de su vivienda o local por iluminación de bajo consumo o incluso leds, pensando que lo amortizarían gracias a su disminución del consumo de energía? ¿O aquellos que instalaron en sus locales una batería de condensadores para compensar la energía reactiva? Pues esos usuarios, verán seriamente reducidos el ahorro que habían conseguido, debido a que a partir de ahora en sus facturas ganará peso el término de potencia (sobre el que a priori no pueden hacer nada) frente al término de energía.
Ahora bien… ¿es cierto que no podemos hacer nada? Nosotros ofrecemos tanto a particulares como a empresas realizar un estudio personalizado para reducir la factura eléctrica, actuando de tres maneras simultáneas:
- 1: Comprobar si la potencia que se tiene contratada, es realmente necesaria, o se puede contratar algún escalón inferior. En muchos casos, especialmente en locales comerciales y viviendas de nueva construcción, el usuario contrata la potencia máxima que admite su instalación, en lugar de realizar un estudio de consumo y ver realmente cuáles son sus necesidades. Si se puede reducir la potencia contratada, el ahorro en la factura será inmediato sin necesidad de realizar ninguna inversión inicial (más aún teniendo en cuenta el último gran incremento de precio del término de potencia del que hablábamos anteriormente).
- 2: Analizar si pequeñas modificaciones de la instalación pueden suponer una reducción del consumo de enregía. Es posible que pequeños cambios en la instalación (sustituir las iluminación por otra de bajo consumo o leds, sustituir equipos o electrodomésticos por otros de mayor eficiencia, instalar un pequeño equipo de compensación de energía reactiva…) puedan reducir significativamente la factura eléctrica. Además, en algunos casos en los que no se podría reducir la potencia contratada, al reducir el consumo de energía pasamos a un nuevo escenario en el que si puede ser posible reducir la potencia (por ejemplo, sustituir el alumbrado de una vivienda grande o un pequeño-mediano comercio por iluminación de bajo consumo o leds, no sólo reduce el consumo de energía sino que además, al necesitar menos potencia para funcionar, es posible que se pueda reducir la potencia contratada aumentando aún más el ahorro).
En la imagen se muestra una tabla de equivalencia entre la potencia consumida por lámparas incandescentes, halógenas, de bajo consumo (fluorescentes compactas), fluorescentes convencionales y leds. La potencia es la equivalente entre los distintos tipos de lámparas para un rendimiento lumínico similar. No obstante, hay que tener en cuenta que la óptica de la luminaria (el reflector y otros elementos de la misma) pueden varias considerablemente el nivel o la distribución de la iluminación obtenida con una misma lámpara. En cualquier caso, esta tabla nos puede servir para realizar una primera aproximación del ahorro energético que podemos obtener con una modificación en la instalación de iluminación.
- 3: Encontrar la tarifa y la comercializadora que mejor se adapta a cada caso concreto. Es posible que una tarifa con discriminación horaria pueda suponer un gran ahorro en algunos casos, o que una comercializadora ofrezca un descuento o bonificación especial que en algún caso particular sea especialmente interesante.
Nuestros expertos pueden valorar el importe de la inversión necesaria y estimar el ahorro que se puede alcanzar, para poder calcular el tiempo de amortización de modificaciones en la instalación eléctrica existente y que el cliente decida si le interesa o no.
Ponte en contacto con nosotros y estaremos encantados de ofrecerte nuestros servicios y estudiar tu caso concreto.
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Tfno. 941024465
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